Bases legales Rascón

BASES LEGALES – PROMOCIÓN “EL RASCÓN” 2025–2026

PRIMERO.- EMPRESA ORGANIZADORA DE LA PROMOCIÓN

La presente promoción es organizada por ALIMERKA, S.A.U., domiciliada en Lugo de Llanera (Asturias), Castiello, 145 – 33690, con NIF A-33093097 (en adelante, la «COMPAÑÍA»).

SEGUNDO.- OBJETO DE LA PROMOCIÓN

A través de la presente promoción (en adelante, la «Promoción»), la COMPAÑÍA pretende incentivar y premiar las compras de roscones de Navidad realizadas por los clientes mediante la entrega de tarjetas rasca «Rascón».

TERCERO.- ÁMBITO GEOGRÁFICO

El ámbito de aplicación de la Promoción comprende todo el territorio español, concretamente los establecimientos de la COMPAÑÍA en Asturias y Castilla y León, así como la tienda online www.alimerkaonline.es.
Podrán participar las personas residentes legalmente en España que realicen compras en cualquiera de estos canales.

CUARTO.- ÁMBITO TEMPORAL

La Promoción será válida desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 7 de enero de 2026, ambos inclusive.

QUINTO.- COMUNICACIÓN

La Promoción será comunicada por la COMPAÑÍA a través de sus canales habituales: página web, redes sociales, publicidad en tienda, newsletter, medios propios y cualquier otro soporte que considere oportuno.

SEXTO.- PREMIOS

Durante el periodo de vigencia, cada compra de un Roscón de Navidad dará derecho a recibir una tarjeta rasca «Rascón».

Al rascar la zona indicada, el cliente podrá obtener uno de los siguientes resultados:

  1. “Rasca no premiado”.
  2. Vale de 10€, válido para compras superiores a 40€, canjeable hasta el 31 de enero de 2026.
  3. 1 viaje a Disney World para 2 adultos y 2 niños, valorado en 12.000 €. El ganador recibirá un correo electrónico con los datos de contacto de Viajes El Corte Inglés (alimerka@viajeseci.es) donde deberá formalizar la reserva dentro de los próximos 6 meses a tras la confirmación de su premio. El premio se trata de un paquete turístico para dos adultos y dos niños al destino o tipo de viaje mencionado en el premio.  El ganador no podrá cambiar dicho premio por otro premio del mismo valor, si no que deberá disfrutar del viaje ganado. El premio es personal e intransferible y no puede cederse a un tercero.
  4. 1 de los 3 iPhone 16 disponibles en la Promoción.

La fecha máxima para reclamar el premio es hasta el jueves 15 de enero.

SÉPTIMO.- MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN

Podrán participar todas las personas que cumplan los requisitos recogidos en estas bases. La mecánica es la siguiente:

  1. El cliente deberá adquirir un Roscón de Navidad tienda o a través de Alimerka Online durante las fechas indicadas.
  2. En tienda física, la tarjeta «Rascón» se entregará automáticamente en línea de caja.
  3. En compras online, la tarjeta se incluirá en la entrega del pedido.
  4. El cliente deberá rascar la zona indicada para descubrir si la tarjeta está premiada.
  5. En caso de obtener un premio, este se considerará aceptado automáticamente, debiendo conservar la tarjeta como justificante.

OCTAVO.- CONDICIONES DE CARÁCTER GENERAL

8.1. Legitimación

Podrán participar en la Promoción las personas físicas mayores de 18 años, residentes legalmente en España y consumidores finales.

8.2. Limitaciones a la participación

Queda expresamente excluido de participar:

  • Empleados de ALIMERKA directamente implicados en la organización de la promoción.
  • Becarios, subcontratistas, distribuidores y colaboradores directos
  • Personal de agencias o empresas vinculadas a la Promoción
  • Familiares de todas las personas anteriores hasta el segundo grado de consanguinidad

La COMPAÑÍA podrá excluir a cualquier participante que incumpla las bases, proporcione datos falsos o manipule el funcionamiento de la Promoción. Cualquier fraude implicará la pérdida del premio.

8.3 Obligaciones Fiscales

A los premios de la presente Promoción les serán de aplicación las disposiciones de carácter fiscal de acuerdo con la legislación aplicable en cada momento.

En concreto, de conformidad con el artículo 75 del Real Decreto 439/2007 y el artículo 101 de la Ley 35/2006, Alimerka está obligada a practicar una retención o ingreso a cuenta, según corresponda, del 19% sobre el valor de los premios que se entreguen como consecuencia de la participación en la presente Promoción cuando el valor de los mismos exceda de 300€.

Alimerka asumirá el coste del ingreso a cuenta de los distintos premios de esta Promoción, no repercutiendo al Ganador dicho ingreso a cuenta.

De acuerdo con la legislación fiscal, los ingresos a cuenta no repercutidos se consideran mayor importe del premio obtenido por el ganador.

Alimerka realizará el oportuno ingreso de las retenciones o ingresos a cuenta en la Agencia Tributaria y extenderá a nombre del Ganador el correspondiente certificado, con el fin de que éste pueda cumplir sus obligaciones fiscales.

8.4. Aceptación de las bases

La participación en la Promoción implica la aceptación íntegra y sin reservas de las presentes bases.
La COMPAÑÍA se reserva el derecho a modificar, ampliar o cancelar la Promoción por causas justificadas. Cualquier cambio será notificado a través de los mismos medios utilizados para su difusión.